La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió el juicio electoral promovido por el Partido del Trabajo y le devolvió la diputación por la vía de representación proporcional (plurinominal) a la poeta y activista zapoteca Irma Pineda del PT.
Al resolver el juicio SX-JRC-242/2024 y sus acumulados modificó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) —que a su vez modificó el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO)— en la que designó como diputado por el principio de representación proporcional (RP) al presidente del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en Oaxaca, José Antonio Estefan Giillesen.
Los magistrados expusieron que tanto el TEEO como IEEPCO inobservaron el procedimiento previsto en la Ley Electoral local para verificar los límites de subrepresentación y sobre representación en la designación de diputaciones por RP.
Por tanto, por unanimidad, los magistrados y magistradas de la Sala Regional llegaron a la conclusión de que se le debía asignar una curul al PT, para que se ubique dentro del límite de subrepresentación permitido constitucionalmente.
«La Fórmula que desarrolló el Tribunal local no fue conforme a lo que establece la normativa. Al realizar la asignación razona que para los ajustes a la subrepresentación, era necesario que algún partido que estuviera sobrerepresentado fuera del límite de 8 por ciento de su votación», expuso la magistrada presidenta Eva Barrientos Zepeda.
Es decir, añadió: «solamente revisan si hay un partido sobrerepresentado y con dicha premisa, dejó de advertir la subrepresentación del PT».
En este contexto, la magistrada expuso que, de acuerdo con la legislación local, se prevé que la asignación se debe realizar en dos momentos, primero, mediante la aplicación de la fórmula de manera tentativa, para observar como se asignarían las curules por cociente y con ello detectar la sobre y sub representación, pero no es la asignación definitiva.
En un segundo momento, se asigna el número máximo de curules que podría tener un partido, reinicia el procedimiento para restarle a los que están sobrepresentados y deducir las curules; está es la asignación definitiva, precisó.
En consecuencia, revocaron las constancias de asignación emitidas a favor de Melina Hernández Sosa y Analy Deyanira Martínez Espinoza diputada propietaria y suplente respectivamente postuladas en la novena fórmula por Morena, que tenía 9 curules plurinominales.
En su lugar, resuelven los magistrados, se deben expedir y entregar constancia de asignaciones y diputaciones a las ciudadanas Irma Pineda Santiago y Zully Aquino Sanchez, candidata y suplente postuladas en la tercera fórmula por el Partido del Trabajo.
Por tanto, el resultado de la asignación final de diputaciones de representación proporcional quedó de la manera siguiente:
Partido Acción Nacional (PAN) | 1 curul de RP |
Partido Revolucionario Institucional (PRI) | 2 curules de RP |
Partido Verde Ecologista de México (PVEM) | 6 curules de mayoría relativa (MR) y 2 curules de RP |
Partido del Trabajo (PT) | 3 curules de RP |
Movimiento Ciudadano (MC) | 1 curul de RP |
Morena | 13 curules de MR y 8 curules de RP |
Partido Unidad Popular (PUP) | 0 curules |
Fuerza X México Oaxaca | 6 curules de MR |
La magistrada presidenta del Tribunal federal destacó la relevancia de resolver este juicio en tiempo y forma, ya que las diputaciones de Oaxaca toman protesta el 13 de noviembre de 2024.