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La 66 Legislatura del Congreso de Oaxaca aprobó este miércoles la reforma constitucional al Poder Judicial del Estado, con la que se busca elegir a magistradas, magistrados, juezas y jueces a través de la elección popular.
El decreto aprobado con 30 votos establece la reducción de 28 a 16 magistraturas.Sin embargo, la renovación de la totalidad de los cargos será en el año 2027.
De acuerdo con el dictamen se renovarán a las magistradas y magistrados del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Oaxaca; juezas y jueces de primera instancia y de los juzgados en materia laboral del Poder Judicial.
Las magistradas y magistrados del Tribunal Superior de Justicia, los jueces de primera instancia y en materia laboral durarán en su cargo nueve años.
Las personas en las magistraturas no podrán ser reelectas. Mientras que juezas y jueces podrán ser reelectos en una ocasión de forma consecutiva.
Además, desaparecerá el Consejo de la Judicatura y se creará el Tribunal de Disciplina Judicial, el cual se integrará por tres magistrados o magistradas que durarán en su cargo seis años, se renovarán de manera escalonada y podrán ser reelegidas o reelegidos.
También se creará el Órgano de Administración Judicial integrado por tres personas, una será elegida por el Gobernador del estado, una por el Congreso del estado y una más por el Poder Judicial.
El Pleno del Tribunal Superior de Justicia y del Tribunal de Disciplina serán estatales y para las elecciones de juezas y jueces de primera instancia, se realizarán por distrito judicial.
Para la elección de los cargos en el Poder Judicial se realizarán con procesos públicos, abiertos, transparentes, inclusivos, accesibles y paritarios, establece el dictamen.
El documento refiere que la remuneración de los servicios de las magistradas y los magistrados, las juezas y los jueces, y demás personal del Poder Judicial, no podrá ser mayor al establecido para la Gobernadora o Gobernador del Estado.
Las magistraturas no generarán derecho a jubilación. El dictamen establece además que se respetarán los derechos laborales de las personas trabajadoras.