Ante la pasividad del Congreso de la Unión y el cabildo del ayuntamiento de Oaxaca de Juárez para actuar respecto al consumo del uso lúdico de la marihuana en espacios públicos, surgieron distintas posturas, incluso polémica entre la sociedad oaxaqueña.
La situación se complicó luego que, el 28 de junio de 2021, ante la inacción de las cámaras de Diputados y Senadores para legislar en tiempo y forma sobre el tema, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición de ese consumo que establecía la Ley General de Salud.
En tanto que el 13 de abril de 2022, el ayuntamiento de Oaxaca de Juárez “coincidió” —según comunicado oficial— con integrantes del Plantón 4:20 —movimiento que lucha en favor del uso recreativo de la marihuana— en asumir esa Declaratoria de Inconstitucionalidad de la SCJN, resaltanto el punto de proteger el derecho de las personas sobre las que no se haya autorizado su consumo, especialmente niños, niñas y adolescentes.
También llamó a evitar el consumo de cannabis en sitios donde haya menores de edad o exista inconformidad expresa de otras personas y exhortó a la policía municipal a que se abstengan de causar actos de molestia a los consumidores.
Y dejó el asunto en suspenso.
A partir de esa fecha y ante el “hueco jurídico” federal y la ambigüedad de esa suerte de acuerdo municipal, integrantes del Plantón 4:20 establecieron un espacio de consumo en el parque El Llano de la ciudad de Oaxaca y celebraron ahí, el 20 de abril, el Día Mundial de la Marihuana.
Luego, el 22 de mayo, el cabildo de Oaxaca de Juarez dispuso un punto de acuerdo impulsado por la concejal Mirna López Torres para declarar libres de marihuana a los parques y jardines públicos de la capital oaxaqueña.
El dictamen permanece en revisión en comisiones unidas desde julio anterior.
De acuerdo con información de la reportera Lisbeth Mejía, del periódico El Imparcial, el 25 de agosto, el munícipe capitalino, Francisco Martínez Neri, expuso que no hay permisos para fumar marihuana en espacios públicos del municipio y que solo se ha procedido y procederá conforme a la sentencia de junio de 2021 de la SCJN.
Aclaró que se espera que en menos de un mes—a partir de ese 25 de agosto, se entiende— el cabildo tome una postura definitiva y también que en un momento dado haya una reglamentación federal que emane del Senado.
Por su lado, la concejal López Torres especificó que no se pretende prohibir o reglamentar el consumo de cannabis, sino determinar el uso de espacios públicos, como se hace en el caso del comercio ambulante.
Posteriormente, a finales de julio pasado, un niño oaxaqueño, asesorado por la Asociación Litigio Estratégico Indígena, presentó un amparo ante el juzgado primero de distrito del estado contra el consumo lúdico de marihuana en El Llano. Sobre este punto en específico, Carlos Morales Sánchez, presidente de la instancia, respondió las siguientes preguntas:
—¿Dónde está el problema o en quiénes?
—En primer lugar, hay que aclarar que no existe la legalización del consumo de la marihuana, porque eso implicaría que hay una ley que permite el consumo de marihuana. Lo que la SCJN estableció es que las personas que consumen aquella de manera lúdica no deben ser sancionadas penalmente en algunos casos y condiciones. Es decir, no es un discurso permisivo, sino uno no sancionatorio, pues la Corte determinó lo anterior declarando inconstitucional diversas normas de la Ley General de Salud que sancionaban la posesión de estupefacientes.
Para este abogado oaxaqueño, los legisladores federales deben adecuar la Ley General de Salud conforme a la visión de la SCJN e ir un poco más allá. La Corte, precisa, solo se pronunció sobre el consumo lúdico, pero no ha dicho nada respecto de la adquisición de la marihuana por parte del consumidor.
La venta de estupefacientes, explica, sigue estando tipificada en el artículo 194 del Código Penal Federal. Es decir, el criterio de la SCJN es que no se sancione el consumo lúdico de la marihuana, pero nada se dice respecto de la conducta de adquisición del estupefaciente.
Así, “cuando el usuario lúdico de la marihuana compre el estupefaciente estaría actualizandoel tipo penal de compra, y el que le vendió, el tipo penal de venta”.
— ¿Cuáles han sido las consecuencias?
—La inacción legislativa federal es evidencia de que el Congreso de la Unión no quiere entrarle al debate sobre el tema. Los diputados y senadores siguen pensando en los costos políticos que les podría acarrear en los votantes la aprobación de una ley que establezca con claridad las cantidades, condiciones y modos del consumo de marihuana en México. Entre otras cosas, porque aún existen en el país personas que satanizan el consumo.
Ahora, agrega, hay que decirlo con claridad: los municipios de México no pueden expedir reglamentación sobre el tema. La única autoridad que tiene facultades para legislar sobre estupefacientes es el Congreso de la Unión.
Pero, además, hay un punto preocupante: el narcomenudeo: “en relación con el amparo promovido por el niño indígena se establece que esta conducta está prevista como delito en la Ley General de Salud, por lo que el presidente municipal no consideró que al permitir el consumo en el parque también está permitiendo la venta del estupefaciente en ese espacio”.
— ¿A la discusión sobre cómo legalizar la marihuana le falta mucho más alcance y profundidad?
—Hay gente preparada en las cámaras legislativas para discutir el tema. Lo que ha faltado es voluntad política. Por otra parte, la discusión deberá ser auténtica. La SCJN ha indicado que en casos como el que se analiza, la reforma de ley debe estar precedida por una auténtica deliberación democrática que incluya la celebración de foros de discusión con los sectores sociales interesados. Además, la Corte ha dicho que en estos casos, la reforma de ley deberá contar con una motivación reforzada que explique de manera clara y profunda las razones de la ley.
—¿Por qué se promovió el amparo a través de un niño, no sería más lógico que los padres de él lo interpusieran?
—En Litigio Estratégico Indígena hemos acompañado la lucha de varias niñas y niños. Trabajamos con infancias, personas con discapacidad, mujeres privadas de la libertad, comunidades indígenas. Y en todo los casos de manera gratuita a pesar de que no recibimos financiamiento de nadie.
“El niño tuvo conocimiento de nuestra lucha por los derechos de la infancia y se puso en contacto con nosotros con un familiar. Acudió a nuestras oficinas con sus padres y nos explicó su preocupación y zozobra, que es legítima. Escuchamos su narrativa y con base en lo expuesto elaboramos la demanda de amparo que fue presentada ante el juez primero de distrito en el estado. Fui designado representante especial del niño”.
Para Litigio, la promoción de juicios de amparo presentados por niños, además de ser una herramienta de cambio social, tiene un propósito pedagógico: permite al infante ser sujeto de cambio social e incidir en los cambios sociales. Él seguramente será un adulto interesado en incidir en su entorno, dice.
Sobre este aspecto en particular, es decir, el que el amparo lo haya presentado un niño, fue consultado el ex activista de la legalización del uso lúdico de la marihuana Fernando Lobo, escritor oriundo de la Ciudad de México que lleva residiendo muchos años en Oaxaca. Esta fue su respuesta íntegra:
Poco antes de la prohibición del cannabis en Estados Unidos, era común leer en ciertos diarios sensacionalistas, notas sobre crímenes cometidos por personas negras o mexicanas “embrutecidas por el efecto de la marihuana”. Estas notas sirvieron como pruebas para que la Asociación Médica Americana (AMA) informara que el consumo de THC produce alucinaciones, visiones y reacciones violentas, sin necesidad de realizar investigaciones científicas.
El informe de la AMA sirvió como base para que el congreso de Estados Unidos prohibiese en 1937 la producción, el comercio, la posesión y el consumo de la hierba, prohibición que acabaría por extenderse a todo el mundo.
En México, los psiquiatras Leopoldo Salazar Viniegras y Jorge Segura Millán realizaron exhaustivos estudios formales sobre el consumo de marihuana, los cuales concluyeron que el THC no produce visiones, alucinaciones o reacciones violentas. Tales conclusiones coincidían con el Informe Laguardia elaborado por la alcaldía de Nueva York, o los estudios de la Indian Hemp Drugs Comission del gobierno británico. Ahora está claro que las alucinaciones eran pura invención de la prensa amarillista gringa, pero hasta la Organización Mundial de la Salud las aceptó (y además proscribió la investigación del THC en seres humanos).
Desde entonces, el consumo de la hierba está rodeado de prejuicios. Nuestras sociedades construyeron durante décadas esta imagen ficticia del marihuano embrutecido y delincuente. En cierto modo es sorprendente que ya estemos hablando del espacio público. Cuando participé en campañas a favor de la legalización en el año 2002, el debate era más rupestre. Políticos, funcionarios y opinadores eran incapaces de distinguir un “churro” de un rábano.
En México, aunque el Congreso ya votó por la legalización y la Suprema Corte instruyó su reglamentación, el gobierno ha determinado hacer caso omiso. Supongo que esto es producto de una pertinaz desinformación. Los activistas de la legalización tienen trabajo por delante. Resulta ilustrativo que la responsabilidad del amparo contra el consumo de hierba en el parque El Llano recaiga sobre un niño. Es el síntoma de una sociedad infantil, incapaz de asumir sus propias libertades.