El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la designación de los comisionados integrantes del nuevo Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno de Oaxaca (OGAIPO).
La Corte invalidó el artículo Cuarto transitorio del decreto de reforma a la Ley de Transparencia de Oaxaca, en el cual se preveía, entre otros aspectos, que el Congreso local designaría a las comisionadas y los comisionados integrantes del nuevo Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno.
En su sentencia, las magistrada y magistrados indicaron que los nombramientos de los comisionados, que hubieran sido emitidos cuando un instituto garante local ya contara con la naturaleza de órgano constitucional autónomo, debían ser respetados porque con ello se garantiza la independencia y autonomía que reviste a estos órganos. Por lo que los nombramientos de los actuales comisionados del OGAIPO designados por el Congreso del Estado no tienen validez jurídica.
Con la remoción de los comisionados que se encontraban en funciones al momento de publicarse la ley impugnada, se generaba una intromisión indebida del Congreso de Oaxaca en el instituto de transparencia local, señala la Corte, motivos por los cuales, determinó su inconstitucionalidad.
La sentencia es resultado de las acciones de inconstitucionalidad 143/2021 y su acumulada 144/2021, promovidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca.
Cabe recordar que en abril del 2021, el pleno del Congreso de Oaxaca desapareció, a propuesta del partido Morena, el Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Oaxaca (IAIPO) a pesar de los señalamientos de violaciones al procedimiento legislativo.
En su lugar, las legisladoras y los legisladores crearon el Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del estado de Oaxaca. Además, ampliaron el número de comisionados de tres que tenía el extinto IAIPO a cinco que tendrá el naciente órgano.
Los cinco comisionados en esa fecha, iban a permanecer en el cargo hasta por cinco años, sin derecho a reelección. Sin embargo la Corte ahora resuelve que tanto la remoción como la nueva designación de los comisionados es anticonstitucional.