Proceso legal careció de perspectiva de género, denuncia Fiscalía
La Fiscalía General del Estado de Oaxaca informó que apelará la decisión del juez de control José Gabriel Ramírez Montaño, quien concedió la libertad a Juan Antonio Vera Carrizal, el presunto responsable intelectual de la tentativa de feminicidio contra María Elena Ríos Ortiz en septiembre de 2019.
El juez decidió absolver este miércoles 14 de agosto al exdiputado priista y empresario y a Rubicel Hernandez Ríos y Rubén Loaeza Chávez acusados de participar en el ataque contra la joven saxofonista.
El juzgador consideró que con las pruebas aportadas no se logró destruir la presunción de inocencia de las tres personas mencionadas y ordenó su inmediata libertad .
La Fiscalía condenó la resolución y señaló en un comunicado que se interpondrán los recursos legales necesarios para revertirla.
El fiscal general Bernardo Rodríguez Alamilla dijo que el fallo absolutorio dictado por el Tribunal de Enjuiciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca, es insuficiente y vejatorio a los derechos de la víctima, toda vez que la Ministerio Público de la Fiscalía Especializada para la Atención a Delitos contra la Mujer por Razón de Género a cargo del caso, aportó todas las pruebas necesarias respecto a la participación –en distintas formas—de las personas indiciadas en el ataque con ácido contra la víctima.
La institución llevó a cabo un proceso de investigación apegado a técnicas científicas, lo que permitió sustentar con documentación, el tipo de relación y complicidad de los actores, las cuales fueron desestimadas ilegítimamente por el juez José Gabriel Ramírez Montaño
La Fiscalía de Oaxaca también informó que recurrió a tecnologías de inteligencia criminal, tales como el análisis de las sábanas de llamadas, que permitió establecer que la llamada hecha por los autores materiales a la víctima, se realizó desde el teléfono de Rubén L. C., a través de la cual se pactó una cita con Ponciano H. Y. (fallecido) y Rubicel H. R., supuestamente para solicitar un servicio profesional, pero ocuparon ese pretexto para agredir a María Elena R. O.
Además fueron captados en video al momento de ingresar y de salir del domicilio de la víctima, el 9 de septiembre de 2019, justo cuando ocurrió el ataque con ácido sulfúrico.
Incluso se logró establecer que existieron llamadas telefónicas y reuniones entre Rubén L. C. y Juan Antonio V. C., en lo que se llama “momento crítico”, comprendido entre el 6 y el 9 de septiembre de 2019, periodo en el que se planea y ejecuta la agresión en agravio de María Elena R. O.
No obstante de las pruebas presentadas, las declaraciones, los cientos de fojas de investigación que integraron la carpeta, el juez José Gabriel Ramírez Montaño, emitió una sentencia absolutoria contra los acusados, lo que deja en evidencia que el proceso legal careció de perspectiva de género por parte del Tribunal de Enjuiciamiento, pues incluso, se desestimaron pruebas médicas certificadas que demuestran que la vida de la víctima estuvo en riesgo por las heridas ocasionadas por la abrasión sufrida por el ácido sulfúrico.