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Oaxaca Profundo: Lo individual y lo comunal en la política

La Democracia es la expresión individual de la participación política. Como ha sido la norma política heredada del razonamiento que se nos impuso y que hemos absorbido sin reticencia en nuestras prácticas republicanas, la tenemos como el modelo ideal para elegir la gobernanza de la Nación “mexicana”.

A parte de ser individualista, la Democracia, es una participación obscura y anónima, es decir sin rostro, si decisión argumentada que revele fundamentos en una decisión más que en el número de votos alcanzados.

Un régimen diseñado para masas que no se conocen entre si, y que por lo mismo, y apoyados en la tecnología lograda, la manipulación de los números es más que fácil y predecible.

Pese a todo esto, es el régimen político que se práctica, en casi todo el mundo hegemonizado, por la población urbana que no encuentra más alternativa que el Partido Político para encauzar sus ideas y esperanzas para lograr el mundo que aspira.

La hegemonía de este régimen individual, sustentada por las constituciones de cada República, supuestamente evita autoritarismos extremos, como las dictaduras, sean estos denominadas capitalistas o socialistas, lo que usa como su central argumento y que beneficia a la práctica libertaria que principalmente beneficia a los grandes capitales que son manejados por las corporaciones o bien por los Estados.

Nunca se intenta el diseño de otros diferentes regímenes, y menos aún el reconocimiento de otros que la historia oculta en la práctica cotidiana de muchos rincones del planeta.

Precisamente esto es lo que se ha logrado en Oaxaca, pero en donde aún no se calibra la hermosa visión que guarda en este caso, el Régimen de Sistemas Normativos Propios.

Desde 1995, en Oaxaca se reconoció éste régimen que, sin ser señalado o comprendido, muestra las generosidades de lo Comunal. Si, el razonamiento opuesto al individual, que es el eje de la Democracia.

Lo comunal, es la toma de decisiones de forma asamblearia, y que es más, tiene como máxima autoridad a la Asamblea Comunal. Este régimen, aprobado constitucionalmente en Oaxaca, reclama de una valoración seria en materia de su substancia.

Hasta ahora, se respeta solamente para reconocer la decisión de la gran mayoría de decisión política municipal, pero debe de comprenderse la lógica participativa, y definir con ello, que Oaxaca propone en su experiencia toda una filosofía política que difiere en substancia de las prácticas tradicionales individuales de la llamada Democracia.

La pregunta que ha de contestarse es, ¿lo comunal puede realizarse en la ciudad? De esto comentaremos en la próxima entrega.